La Vivienda Pública

Last Modified: 06/17/2021

El gobierno ayuda a pagar las viviendas en circunstancias específicas. Esto se llama “vivienda subsidiada”, y hay varios tipos de programas disponibles. Los programas de vivienda subsidiada más comunes son: La Vivienda Pública, Vales de Elección de Vivienda, la Sección 8, la Sección 202 Basada en Proyectos y el Crédito Fiscal para Viviendas de Bajos Ingresos.

Cada año, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) establece límites de ingresos familiares que determinan su elegibilidad para recibir asistencia financiera. Los derechos y obligaciones que tenga como inquilino dependerán del programa de vivienda subsidiada. Si no está seguro de qué programa de vivienda subsidiada aplica para usted, verifique su contrato de arrendamiento, comuníquese con su arrendador, con la Autoridad de Vivienda local, con la Corporación de Financiación de Viviendas de la Florida o con el Servicio de Atención Telefónica (HELPline) de CLSMF (800-405-1417). 

La vivienda pública es un programa de vivienda subsidiada limitado a individuos y familias de bajos ingresos. Las Autoridades Locales de Vivienda (HA, por sus siglas en inglés) reciben dinero de HUD para pagar sus operaciones de vivienda pública. La cantidad de dinero que reciben depende de la cantidad de unidades de vivienda pública y la cantidad de renta recaudada de las familias que viven en esas unidades. 

Las familias en viviendas públicas viven en unidades que son propiedad de y administradas por la HA. Debido a que la HA es el propietario, las familias firman un contrato de arrendamiento con la HA. Cuando se termina el contrato de arrendamiento de una familia, el subsidio de vivienda pública permanece con la unidad, no con la familia.

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¿CUÁLES SON SUS DERECHOS?

Tiene derecho a recibir un aviso por escrito de cualquier decisión adversa tomada en su contra por la HA;

Tiene derecho a solicitar una audiencia informal de queja para disputar cualquier decisión adversa tomada en su contra por la HA;

Tiene derecho a revisar cualquier evidencia que la HA planee usar en su contra en una audiencia informal de queja;

Tiene derecho a copiar documentos en su archivo en la HA pagando una pequeña tarifa;

Tiene derecho a ser representado por un abogado en una audiencia informal de queja o audiencia de desalojo;

Tiene derecho a testificar, presentar pruebas y hacer preguntas a cualquier testigo durante una audiencia informal de queja o audiencia de desalojo;

Tiene derecho a recibir una decisión final por escrito de la audiencia informal de queja; y

Usted tiene derecho a quejarse ante la HA, ante las autoridades locales de aplicación del código o el HUD sobre las condiciones de su unidad.

Debido al número limitado de unidades de vivienda pública disponibles, las familias elegibles a menudo son colocadas en una lista de espera. Las HA locales han establecido políticas para abrir, cerrar, seleccionar y eliminar familias de las listas de espera. Esas políticas no pueden discriminar por color, discapacidad, estado familiar, origen, raza, religión o sexo. 

En general, las HA publican las listas de espera en línea, en sus oficinas o en periódicos locales.

Las familias a las que se les niega la admisión a viviendas públicas deben recibir un aviso por escrito de la HA que explique el motivo del rechazo. Si usted cree que se le negó la admisión injustamente, puede presentar una solicitud por escrito para una audiencia informal de queja.

La HA puede negarle la admisión por uno o más de los siguientes motivos:

  • Ha sido desalojado de una vivienda con asistencia federal por actividades delictivas relacionadas con drogas en los últimos 3 años;
  • Tiene condenas penales previas que amenazan la salud y la seguridad de otros residentes o personal;
  • Usted ha participado en el uso de drogas ilegales;
  • Tiene condenas previas por vender o fabricar medicamentos en instalaciones de viviendas con asistencia federal; 
  • Usted ha sido registrado como abusador sexual: a estas personas se les niega permanentemente la admisión; o
  • Por hacer uso de marihuana medicinal. 

Debido a que las reglas de admisión para la vivienda pública no son uniformes dentro de un estado, condado o ciudad, las HA locales deben adoptar una Política de Admisión y Ocupación Continua (ACOP, por sus siglas en inglés) por escrito, estableciendo reglas para su programa, de acuerdo con las regulaciones del HUD. La ACOP debe estar a disposición del público.

Su familia puede elegir entre dos opciones: un alquiler fijo o uno basado en los ingresos. El alquiler fijo se basa en el alquiler justo del mercado cobrado por unidades de vivienda similares no subsidiadas en el área. El alquiler basado en los ingresos es el 30% del ingreso mensual ajustado de la familia (explicado a continuación), menos cualquier asignación de servicios públicos. 

Independientemente de la opción de alquiler que escoja, su familia debe pagar al menos el alquiler mínimo establecido por la HA, que puede ser de hasta $ 50. En cualquier momento, puede cambiar del alquiler fijo al alquiler basado en los ingresos debido a dificultades financieras.

El HUD determina las asignaciones de servicios públicos cada año para ayudarle a pagar el costo de los servicios públicos no incluidos en su alquiler. 

Las asignaciones de servicios públicos se basan en las actuales tarifas y los estudios de consumo promedio, no en el consumo real de su familia.

La HA determina su ingreso mensual ajustado restando las deducciones permitidas de su ingreso bruto anual y luego dividiendo esa cantidad entre 12. 

Su ingreso bruto anual incluye salarios, pago de horas extras, comisiones, tarifas, propinas, bonificaciones y el pago que recibe por servicios personales. También incluye:

  • Ingresos netos de una empresa si trabaja por cuenta propia;
  • Ingresos netos de bienes inmuebles o bienes personales: renta, intereses, dividendos o ganancias de capital;
  • Pagos periódicos que recibe del Seguro Social, anualidades, pólizas de seguro, fondos de jubilación, pensiones, beneficios por discapacidad o muerte, y otros tipos similares de ingresos periódicos;
  • Indemnización por desempleo y discapacidad, compensación laboral e indemnización por despido (ingresos que provienen de un empleador para el cual usted ya no trabaja);
  • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF, por sus siglas en inglés);
  • Pensión alimenticia y manutención; y
  • Donaciones regulares en efectivo y regalos.

Las deducciones obligatorias se enumeran a continuación. Las HA locales pueden adoptar deducciones adicionales. Si es así, se publicarán en la ACOP. 

  • $ 480 por cada dependiente;
  • $ 400 para cualquier familiar anciano o discapacitado;
  • Una deducción por los gastos de cuidado de niños necesarios para permitir que un miembro de la familia vaya al trabajo o la escuela;
  • Gastos médicos no reembolsados ​​para cualquier familiar anciano o discapacitado, si el monto es superior al 3% de los ingresos anuales de la familia; y
  • Gastos de cuidado de niños necesarios para permitir que un miembro de la familia vaya al trabajo o la escuela.

Cada año, la HA completará una recertificación anual para determinar si su familia sigue siendo elegible para la vivienda pública. Durante la recertificación, usted debe proporcionar todos los documentos relacionados con sus ingresos que sean solicitados por el HA. Su familia o la HA también pueden solicitar una recertificación provisional cuando haya un aumento o disminución en los ingresos de su familia. 

Estos cambios en los ingresos pueden afectar el monto del alquiler que paga o el tamaño de la unidad para el que es elegible. Si los ingresos de su familia aumentan lo suficiente como para pagar una vivienda en el mercado privado, la HA puede decidir que usted ya no es elegible para la vivienda pública.

La HA puede rescindir el contrato de arrendamiento de una familia que reside en una vivienda pública por violaciones graves o reiteradas del contrato de arrendamiento o por otro motivo suficiente. 

Las notificaciones de resciliación deben constar por escrito, describir específicamente la presunta violación e informarle sobre su derecho a solicitar una audiencia informal de queja. 

Dependiendo de la violación, su familia tendrá de 14 a 30 días para arreglar el problema. Sin embargo, las leyes locales, estatales o federales pueden acortar el tiempo para corregir la violación o pueden no darle ninguna oportunidad de corregirlo en absoluto. 

Los ejemplos comunes de un “motivo suficiente” incluyen:

  • Impago del alquiler u otros montos que se suponía que debía pagar;
  • Condena penal por vender o fabricar drogas en cualquier inmueble de vivienda con asistencia federal;
  • Participar en actividades delictivas relacionadas con las drogas dentro o fuera de los inmuebles;
  • Participar en actividades delictivas que amenazan la salud y la seguridad de otros residentes o personal;
  • Usar drogas ilegales o abusar del alcohol;
  • Tener personas viviendo con usted sin permiso por escrito de la HA;
  • Mentir o cometer fraude durante el proceso de solicitud o recertificación;
  • No notificar de inmediato a la HA de los cambios en el tamaño o los ingresos de su familia; y
  • No completar la recertificación a tiempo.

¿QUÉ DEBE HACER?

Revise cuidadosamente su contrato de arrendamiento, el procedimiento de reclamo y cualquier notificación que reciba de la HA.

Solicite copias de cualquier evidencia que la HA planee usar en su contra en una audiencia informal de queja.

Si recibió una notificación de resciliación de la HA y no se va antes de la fecha especificada en dicha notificación, la HA debe presentar un caso de desalojo para sacarlo de la unidad de vivienda pública. El alguacil o un receptor judicial certificado puede entregarle personalmente la citación de desalojo y la queja o dejarla en su puerta. Esto se llama “notificación del proceso”. El secretario también puede enviarle una copia de la citación y la demanda por correo. 

Debe redactar y presentar una respuesta ante el tribunal dentro de los 5 días siguientes de haber recibido la citación y la demanda. Si no presenta una respuesta ante el tribunal a tiempo, la HA puede ganar automáticamente el caso de desalojo.

En su respuesta, debe admitir o negar cada párrafo de la demanda y plantear cualquier defensa. 

El “registro del tribunal” es como una cuenta bancaria que el tribunal usa durante su caso de desalojo. Mientras su caso esté pendiente ante el tribunal, debe depositar el alquiler en el registro del tribunal cada mes cuando le toque. 

Si no está de acuerdo con el monto de alquiler que la HA alega que usted debe, puede solicitarle al tribunal que programe una audiencia para determinar el monto correcto. La documentación de respaldo debe adjuntarse en su respuesta, como un comprobante de pago.

Si no deposita el pago del alquiler en el registro del tribunal a tiempo o le pide al tribunal que determine la cantidad correcta de alquiler que debe, la HA puede ganar automáticamente el caso de desalojo. 

En un caso de desalojo, el HA es el Demandante y usted es el Demandado. Alegar defensas en su respuesta puede evitar que usted sea desalojado. A continuación hay una lista defensas comunes que pueden aplicarse a su situación.

La persona que presentó la demanda de desalojo (el demandante) carece de legitimación. Esto significa que el demandante no tiene el derecho a presentar la demanda ante el tribunal. Esta defensa se usa comúnmente si la HA no es la propietaria del inmueble.

El desalojo es innecesario. Esto significa que el desalojo ya no es relevante porque usted ya se mudó.

Está reteniendo el pago del alquiler luego de haber proporcionado un aviso con 7 días de antelación. Su aviso de 7 días a la HA debe especificar las reparaciones necesarias y su intención de retener el pago del alquiler si no se completan dentro de los 7 días. Visite nuestra sección sobre los Derechos de los Inquilinos y Los Desalojos para obtener más información.

No recibió una notificación del arrendador como lo exige la ley. Esto significa que la HA no le dio aviso por escrito de la violación antes de presentar un caso de desalojo ante el tribunal. 

El aviso que recibió de la HA exige dinero que no se considera como alquiler o alquiler adicional en su contrato de arrendamiento.

El aviso es confuso o contiene instrucciones contradictorias.

El aviso no le proporciona tiempo suficiente para corregir la violación.

El aviso no proporciona suficiente información para que usted entienda la violación. 

La HA no le informa sobre su derecho a solicitar una audiencia informal de queja.

La HA no le permite solicitar una audiencia informal de queja.  

La HA no mantiene la unidad luego de que usted haya entregado un aviso con 7 días de antelación.

La HA lleva a cabo represalias. Esto significa que la HA aumenta el monto de su alquiler, disminuye los servicios que recibe o presenta / amenaza con presentar un caso de desalojo en su contra, en respuesta a que usted ejerce sus derechos como inquilino. 

Si la HA gana el caso de desalojo, el alguacil le notificará con 24 horas de antelación para que abandone la unidad. Esto se denomina una “Orden de Posesión”. Si usted no abandona la unidad dentro de las 24 horas, la HA puede cambiar las cerraduras y retirar sus bienes personales.

¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA ANTES DE TOMAR ACCIÓN?

Asegúrese de presentar una solicitud por escrito para una audiencia informal de queja antes de la fecha límite indicada en el aviso.

Esté preparado para presentar todas las pruebas (documentos, correos electrónicos, informes, testigos, etc.) que respalden su posición durante una audiencia informal de queja o audiencia de desalojo.

Hoja de Datos de Vivienda Pública del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano: https://www.hud.gov/topics/rental_assistance/phprog

Para encontrar su Agencia de Vivienda Pública local: https://www.hud.gov/program_offices/public_indian_housing/pha / contactos

Para obtener información adicional sobre opciones de vivienda locales y sobre los límites de ingresos, visite la página del HUD en Florida: https://www.hud.gov/states/florida

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